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Una problemática en el Ecuador

Virginia Gómez de la Torre
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Fotografía.- Cortesía

¿Cómo esta ley puede convertirse en un determinante para un aumento de violencia o casos de femicidios?

Lo que ha hecho este gobierno es dar un mensaje a la sociedad de que es un país en el que se puede utilizar un arma para defenderse de los delincuentes, pero ese no es el único mensaje porque, si se facilita la compra del arma, no lo hace solo para la defensa personal en caso de delincuencia. La violencia cotidiana del día a día puede ahora desencadenar en un asesinato de una manera mucho más sencilla con la tenencia legal de un arma de fuego. Ahora el presidente y este gobierno le da el mensaje a la población de que se puede comprar armas, y este mensaje no es para las mujeres, es para los hombres.

Con este posible aumento de femicidios ¿qué plan podríamos tomar para prevenir o evitar esta violencia de género con la legalización de este artículo?

Nosotras trabajamos en la defensa de los derechos de las mujeres. Planteamos desde ya hace varios gobiernos que los estados deben tener campañas sistemáticas para cambiar los patrones socioculturales, que le dicen al hombre que la violencia es una forma de resolución de conflictos, el cuerpo de la mujer es tuyo y puedes hacer con ella lo que quieras, que puedes pegarle o matarle y vas a quedar en impunidad al igual que si la violas. Pero esta sociedad no trabaja en ese cambio de patrones y sigue incentivando ese machismo: la violencia, la discriminación y es lo que ha hecho este gobierno. El mensaje del presidente con el libre porte de armas es decirle al hombre que la violencia está bien, tú eres violento y eso está bien, y para que seas más violento te voy a facilitar la posibilidad de que compres un arma, porque el gobierno no es capaz de defenderte de la delincuencia.

María Fernanda Andrade
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Fotografía.- Cortesía

¿Como será el análisis psicológico para saber si una persona es apta para el uso de armas de fuego? 

Para evaluar la idoneidad del perfil para uso de armas se debe calificar aspectos de aptitud psicológica. Es decir, tipos de afrontamiento adecuados para portar armas o para determinar ausencia de capacidad para manejar o controlar el uso. El objetivo principal es descartar factores patológicos, limitantes orgánicas del individuo o hábitos de salud que comprometan la conciencia permanente del uso del arma. Se debe hacer una entrevista y ayudarse con tests psicológicos para analizar trastornos limitantes o no. Se debe analizar la atención, el control de la ira, las reacciones comunes del individuo cuando siente enojo, tolerancia a la frustración e impulsividad. Además, hay que tener en claro el deseo para portar una arma. Uno de los tests que recomiendan los psicólogos de la Red nacional de Psicólogos es MPI 2 o el test SD 50 para ver trastornos.

¿Cómo se podría combatir, a nivel psicológico, con la violencia si el violentador puede portar un arma de fuego?

 A un violento con arma, la mejor forma de combatirlo es llevar el nivel o significado del asunto a su mínimo significado y colaborar con consenso y pidiendo calma. Se debe hacer lo posible por llegar a la tranquilidad y pedir una comunicación pacífica

¿Qué impacto psicológico tiene en la víctimas ser amenazadas o violentadas con un arma de fuego?

El impacto físico que recibe una persona amenazada con arma de fuego tiene características de exacerbación y respuestas fisiológicas de descontrol, pues el estímulo de miedo súbito hace que el sistema reaccione de manera autónoma. Entonces, la situación puede ser transitada psicológicamente como un trauma o una crisis emergente. Es decir, un acontecimiento de potente nivel que elimina todo poder de reacción mesurada y deja huellas donde la persona difícilmente puede olvidar a corto plazo el suceso y lo piensa varias veces de manera involuntaria. El miedo a posteriores experiencias que le recuerden el momento con los personajes involucrados, puede traer el mismo tipo de ansiedad y miedo en diferentes niveles. Podría desencadenarse episodios reactivos de depresión y ansiedad con los síntomas vegetativos propios.

Pilar Rassa
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Fotografía.- Cortesía

¿Cómo se determina que fue un femicidio o tranfemicidio cuando ocurre un asesinato hacia una mujer cisgenero o una mujer trans?

El femicidio es la forma más extrema de violencia contra las mujeres. El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal, en este se determina como femicidio la muerte violenta de una mujer. La víctima puede ser mujer por su sexo (cisgénero) o por su condición de género (trans). En ambos casos el Estado debe proteger la inviolabilidad de la vida.

El delito de feminicidio se configura cuando una persona mata a una mujer por su condición de tal, esto es, cuando se identifica la imposición o el quebrantamiento de un estereotipo de género, en contextos de discriminación, independientemente de que exista o haya existido una relación con el agresor. En Ecuador no se comprende el alcance de una relación de poder más allá de la relación íntima de pareja o familiar y, a veces, ni en esos casos, por ello, a pesar de que existe un protocolo para investigar femicidios, no es fácil que se determine como tal.

¿Qué ocurre con los asesinatos hacía alguien de la comunidad LGBTIQ+ por temas de odio?

El Artículo 11.2 de la Constitución, señala: “ Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de su etnia, lugar de nacimiento,  edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política,  pasado judicial, condición socioeconómica, condición  migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física, ni por cualquier otra  distinción personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el  reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley  sancionará toda forma de discriminación.”

Por tanto, el delito de odio es una infracción penal que surge por prejuicios contra una o varias personas que pertenecen a un determinado grupo social. Este grupo viene determinado por la raza, la religión, el género, la edad, la ideología, la orientación sexual, una discapacidad, una enfermedad u otros motivos.

https://edicion111.com/2022/10/12/delitos-de-odio-en-ecuador-incognita-perpetua/

¿Cuál es el procedimiento que se hace en estos casos?

Para determinar esto es necesario remitirnos al Código Orgánico Integral Penal “Art. 33.- Legítima defensa.- Existe legítima defensa cuando la persona actúa en defensa de cualquier derecho, propio o ajeno, siempre y cuando concurran los siguientes requisitos:

 1. Agresión actual e ilegítima.

 2. Necesidad racional de la defensa.

 3. Falta de provocación suficiente por parte de quien actúa en defensa del derecho.”

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